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Convenio SEPGA - AGRUPA

14/02/2020

foto  Convenio SEPGA - AGRUPA

El pasado 31 de diciembre de 2019, se firmó el Convenio marco de colaboración entre la Asociación de Funcionarios del Cuerpo Superior de Administración de la Xunta de Galicia (AGRUPA) y el Sindicato de Empleados Públicos de Galicia ( SEPGA), un acuerdo del que esperamos obtener grandes frutos.

Este convenio permite intrumentalizar la colaboración entre dos organizaciones con numerosos intereses conjuntos, destacando entre otras:

a) Prioridad de los afiliados/asociados de la otra organización en todas las actividades formativas que realicen en las que queden plazas vacantes luego de la petición de sus asociados/afiliados.

b) Colaboración en la realización de trabajos, informes, y todo tipo de actividades de carácter jurídico que se encuentren dentro del respectivo ámbito de funciones.

c) Difusión mutua de las actividades que desempeñe/promueva cada organización y que tengan interés para lo desempeño profesional.

d) Organización conjunta todo tipo de actividades de interés común para ambas organizaciones.

 

Igualmente, y con el objeto de fortalecer los lazos entre ambas organizaciones y favorecer que los miembros de cada una de ellas pueda formar parte simultáneamente de la otra, las partes acuerdan establecer una reducción en el pagado de cada unas de las cuotas en un 50% a aquellos que acrediten su pertenencia a ambas.

De este modo la cuota, para aquellas personas que estén en las dos organizaciones pasará a ser de 10 euros en cada una de ellas (recuerda que puedes desgravar en la declaración de la renta a cuota que se paga al sindicato).

A continuación te indicamos cómo tienes que hacer para beneficiarte de esta reducción se eres afiliad@ y como hacer en caso de que aún no lo seas en alguna de las dos organizaciones:

1. Personas que en el momento de entrada en vigor del convenio ya se encuentran dadas de alta en ambas organizaciones: Estas personas comunicarán por correo electrónico (corposuperior.santiago@xunta.gal y sindicato-Sepga@xunta.gal) a cualquiera de las dos organizaciones su pertenencia a ambas, sin perjuicio de que las organizaciones crucen sus bases de datos. En este supuesto, ambas aplicarán la cuota reducida en el momento de pasarle la cuota domiciliada.

2. Personas que estando afiliadas/asociadas en una de las organizaciones, soliciten su ingreso en la otra antes de que se haya producido el pago de la cuota en ninguna de ellas: Estas personas comunicarán a su organización su compromiso de darse de alta en la otra. En paralelo cubrirán la solicitud de adhesión a la segunda marcando la opción de cuota bonificada por pertenencia a la otra asociación/sindicato. En este supuesto, la organización que reciba la notificación de su socio/afiliado, dará traslado de esta a la otra, y ambas aplicarán la cuota reducida en el momento de pasarle la cuota domiciliada.

3. Personas que estando afiliadas/asociadas en una de las organizaciones, soliciten su ingreso en la otra antes después de que se haya producido el pago de la cuota en una de ellas: Estas personas cubrirán la solicitud de adhesión a la segunda marcando la opción de cuota bonificada por pertenencia a la otra asociación/sindicato. En este supuesto, la organización que reciba la solicitud de adhesión, se lo comunicará a la otra para certificar su pertenencia a la primera, para poder aplicarle la cuota reducida. En ese primero año, únicamente verano bonificada su cuota en la segunda de las organizaciones, sin perjuicio de que en sucesivos años serán bonificados en ambas.

4. Personas que no están afiliadas/asociadas en ninguna de las organizaciones y soliciten su ingreso en las dos simultáneamente: En el primero año, estas personas cubrirán los formularios de adhesión marcando la opción de cuota bonificada por pertenencia a la otra asociación/sindicato y deberán realizar su respectiva transferencia de la cuota bonificada a pagar. En sucesivos años se le aplicará la cuota reducida en el momento de pasarle la cuota domiciliada. Las personas jubiladas podrán seguir perteneciendo a ambas organizaciones sin necesidad de abonar cuota. En los próximos días actualizaremos los formularios para que, si aún no estás asociad@, puedas hacerlo con la reducción

Afiliate!   

http://www.sepga.es/afiliate/